Ayuda escolar 2024-2025

El Ayuntamiento pone a disposición de las familias dos modalidades de ayuda escolar:

Listado definitivo de beneficiarios 2º Primaria a 4º ESO

  • Ayuda escolar general: por un importe de 65 €.
  • Ayuda escolar progresiva: por un importe de 80 o 90 €, según ingresos familiares.

Dirigidas a todos los alumnos/as, entre 3 y 19 años que estando empadronados con el progenitor o tutor solicitante con anterioridad al 1 de octubre de 2023 en San Lorenzo de El Escorial, vayan a cursar estudios de Educación Infantil de Segundo Ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio, Bachillerato, Enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria de Nivel I o de Nivel II, o Bachillerato de Educación de Adultos en el curso 2024-2025.

Los alumnos que hayan nacido en los años 2005 o 2006 y que hayan repetido algún curso escolar o vayan a repetir, y por lo tanto, sigan cursando Grado Medio o Bachillerato durante el curso escolar 2024-2025, podrán realizar la inscripción para solicitar la ayuda en el plazo establecido.

Los alumnos de educación especial que asistan a un centro educativo tendrán derecho a la ayuda escolar desde los 3 a los 21 años, si se cumplen las demás condiciones exigidas anteriormente.

Los requisitos de cada modalidad están explicados en los apartados debajo.

Solicita aquí la Ayuda General

NIVEL DE ESTUDIOS EN EL CURSO 2024-2025 PLAZOS SOLICITUD AYUDA GENERAL Y AYUDA PROGRESIVA RESOLUCIÓN PROVISIONAL PLAZO PARA CANJEAR LA AYUDA ESCOLAR
Primer curso de Educación Infantil (3 AÑOS) Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE JULIO DEL 5 DE AGOSTO AL 30 DE SEPTIEMBRE
Alumnos escolarizados desde 2º de Educación Infantil (4 años) a 4º de  ESO Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE JUNIO DEL 1 DE JULIO AL 30 DE SEPTIEMBRE
1º Y 2º de Bachillerato
Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE JULIO DEL 5 DE AGOSTO AL 30 DE SEPTIEMBRE
1º Y 2º de Formación Profesional Básica
Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 ENTRE LOS MESES DE JULIO A SEPTIEMBRE DEL 16 DE SEPTIEMBRE AL 15 DE OCTUBRE
1º Y 2º Formación Profesional de Grado Medio
Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 ENTRE LOS MESES DE JULIO A SEPTIEMBRE DEL 16 DE SEPTIEMBRE AL 15 DE OCTUBRE
Alumnos de Educación Especial (De 3 a 21 años) Del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE JUNIO DEL 1 DE JULIO AL 30 DE SEPTIEMBRE
Alumnos pendientes de asignación de plaza por el servicio de apoyo a la escolarización de San Lorenzo de El Escorial
Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE SEPTIEMBRE DEL 16 DE SEPTIEMBRE AL 15 DE OCTUBRE
Alumnos que cursen Educación de Adultos en alguno de los siguientes estudios:

-Enseñanzas para la obtención del Graduado en ESO,  Nivel I y II

-Bachillerato para personas adultas

Del día siguiente de la publicación de la convocatoria  en el BOCM hasta el 24 de mayo de 2024 MES DE SEPTIEMBRE DEL 16 DE SEPTIEMBRE AL 15 DE OCTUBRE

 

  • Ayuda Escolar Progresiva

    Información sobre la ayuda progresiva

    La ayuda progresiva es incompatible con la ayuda escolar general de 65 euros.

    • 90 euros por alumno como máximo, para familias que perciben la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital.
    • 80 euros por alumno como máximo, para las familias cuya renta per cápita sea inferior o igual a 5.500 euros.
    Documentación necesaria

    a) Si el año anterior el solicitante recibió una ayuda de las denominadas progresivas solo deberá presentar:

    • Solicitud cumplimentada con los datos de la unidad familiar.
    • En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la resolución actualizada de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
    • En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social o documentación que acredite la concesión.
    • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2022.
    • Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
      imputaciones del IRPF del año 2022.

    b) Si el año anterior el solicitante sólo recibió la ayuda general o no presentó solicitud:

    • Solicitud cumplimentada con datos de unidad familiar.
    • En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la resolución actualizada de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de
      Madrid.
    • En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social o documentación que acredite la concesión.
    • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2022.
    • Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
      imputaciones del IRPF del año 2022.
    • Fotocopia del DNI del solicitante.
    • Fotocopia del libro de familia del solicitante.
    • En el caso de acogimiento o adopción de menor, documentación oficial que lo
      acredite.
    Plazo y forma de solicitarla

    El plazo de solicitud de la ayuda progresiva es desde el día siguiente de su publicación en el BOCM hasta el 24 de mayo.

    La solicitud deberá descargarse preferentemente en la página web (debajo) o recogerse físicamente en las dependencias municipales.

    Se podrá presentar en el Registro electrónico del Área de Educación en horario de 10:00 a 13:00 horas.

    Podrán remitirse, junto con la documentación requerida a la dirección electrónica habilitada al efecto ayudaescolar@aytosanlorenzo.es

    Todas las solicitudes, independientemente de cómo se presenten, deberán ir firmadas por el solicitante e indicar una dirección de correo electrónico a través de la cual se puedan efectuar comunicaciones al interesado, o en caso de no disponer de correo electrónico la declaración expresa de ese extremo.

  • Ayuda Escolar General

    La ayuda general tendrá una cuantía de 65 € por alumno, a canjear a través de una aplicación en los establecimientos del municipio adheridos a esta campaña.

    Como novedad ESTE AÑO, LA AYUDA GENERAL REQUIERE UNA SOLICITUD PREVIA en el formulario creado para tal fin y se concederá siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Base 4ª de esta convocatoria.

    SOLICITA AQUÍ LA AYUDA ESCOLAR

    Más información: 91 890 29 41

Si eres propietario de comercio y quieres adherirte a la campaña, escribe un correo a educacion@aytosanlorenzo.es


Más información de estas ayudas en el Área de Educación

 Dirección: C/ Francisco Muñoz, 2, planta alta. 28200 San Lorenzo de El Escorial
 Teléfono: 91 890 29 41
 Correo electrónico: educacion@aytosanlorenzo.es
 Horario: de lunes a jueves de 10:00 a 13:00 horas

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies